N.º 805 13 de Marzo 2026

ebroker: Nuevos ramos VMP y VMPL (Vehículos de movilidad personal)

ebroker te facilita la adaptación a las nuevas obligaciones legales que afectan a los patinetes eléctricos y a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). El 30 de enero, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entró en vigor el Real Decreto 52/2026, mediante el cual se regula la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los patinetes eléctricos.

Esta normativa establece la obligación para los propietarios de estos vehículos de:

  1. Inscribirlos en el Registro Nacional de Vehículos,
  2. Contratar un seguro obligatorio que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil frente a terceros

Para dar cumplimiento a estas nuevas obligaciones y asegurar que las corredurías puedan gestionar estos seguros de  forma acorde a la legislación, ebroker ha creado dos nuevos subramos dentro del ramo Autos – 3ª categoría:

10305 – VMP (SOA)

Aplicable a: Vehículos de movilidad personal con las siguientes características:

  •  Velocidad máxima  superior a 14 km/h y  peso superior a 25 kg.

Coberturas mínimas obligatorias:

  • Daños personales: 70.000.000 €
  • Daños materiales: 15.000.000 €

Estos VMP pasan a considerarse vehículos a motor a efectos de seguro obligatorio, equiparándose a coches y motocicletas en las cuantías del Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA).

10306 – VMPL

Aplicable a: Vehículos personales ligeros (VPL) con las siguientes características:

  • Velocidad máxima de fabricación entre 6 y 25 km/h, si su peso es inferior a 25 kg, o con una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 14 km/h, si su peso es superior a 25 kg.

Coberturas mínimas obligatorias:

  • Daños personales: 6.450.000 €
  • Daños materiales: 1.300.000 €

Además de los nuevos ramos anteriores, sigue estando disponible el ramo 20423 – R.C. VMP dentro de la pestaña de Diversos.

Panel de control-Auxiliares-Ramos

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